NOM-245-SSA1-2010: Agua de Albercas y Chapoteaderos
Requisitos sanitarios para la calidad del agua en albercas, chapoteaderos y centros acuáticos recreativos.

¿Qué es la NOM-245-SSA1-2010?
La NOM-245-SSA1-2010 es la Norma Oficial Mexicana que establece los requisitos sanitarios y calidades del agua que deben cumplir las albercas, chapoteaderos, centros acuáticos y similares. Su objetivo principal es proteger la salud de los usuarios frente a riesgos asociados con la calidad del agua en instalaciones recreativas acuáticas.
Objetivo Principal
Prevenir enfermedades gastrointestinales, dermatológicas, oftalmológicas y respiratorias causadas por microorganismos patógenos o concentraciones inadecuadas de sustancias químicas en el agua de uso recreativo.
Documento Oficial NOM-245-SSA1-2010
Consulte el texto íntegro publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF). Vigente desde 2012.
Regulada por COFEPRIS
Esta norma es vigilada por la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), que realiza inspecciones periódicas a establecimientos con instalaciones acuáticas. En la Riviera Maya, dado el alto volumen turístico, estas inspecciones son especialmente frecuentes en hoteles y parques acuáticos.
Parámetros Principales
Límites y rangos establecidos por la NOM-245-SSA1-2010 para agua de albercas
| Parámetro | Unidad | Límite / Rango Permisible |
|---|---|---|
| Cloro residual libre | mg/L | 1.0 - 5.0 |
| pH | Unidades | 6.5 - 8.5 |
| Turbidez | UTN | ≤ 5 |
| Cloraminas (cloro combinado) | mg/L | ≤ 0.5 |
| Ácido cianúrico | mg/L | ≤ 100 |
| Coliformes fecales / E. coli | NMP/100 mL | Ausencia |
| Amebas de vida libre | - | Ausencia |
Importante: La detección de coliformes fecales, E. coli o amebas de vida libre requiere cierre inmediato de la alberca y acciones correctivas antes de reanudar su uso.
¿A Quién Aplica?
Establecimientos obligados a cumplir con la NOM-245-SSA1-2010
Hoteles y Resorts
Establecimientos de hospedaje con albercas para huéspedes, incluyendo albercas climatizadas e infinity pools.
Parques Acuáticos
Centros recreativos con toboganes, ríos lentos, piscinas de olas y áreas de chapoteo infantil.
Condominios y Residenciales
Fraccionamientos y condominios con albercas de uso común para residentes y sus visitantes.
Clubes Deportivos
Centros deportivos, gimnasios y clubes sociales con instalaciones acuáticas para sus miembros.
Balnearios
Centros recreativos con albercas alimentadas por agua de pozo, manantial o red municipal.
Escuelas y Universidades
Instituciones educativas con albercas para programas de natación y actividades deportivas.
Consecuencias del Incumplimiento
Riesgos legales y sanitarios por no cumplir con la NOM-245-SSA1-2010
Sanciones de COFEPRIS
La Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios puede imponer multas, arresto administrativo y medidas de seguridad.
Clausura de Instalaciones
COFEPRIS puede ordenar la clausura temporal o definitiva de la alberca si representa un riesgo sanitario para los usuarios.
Demandas Civiles
Enfermedades o infecciones adquiridas en albercas con agua fuera de norma pueden generar demandas por daños y perjuicios.
Daño Reputacional
Incidentes sanitarios en albercas afectan directamente la reputación del establecimiento, especialmente en plataformas de reseñas.
Servicios de Grupo Eytra para Cumplimiento
Soluciones integrales para mantener su alberca en cumplimiento con la NOM-245
Análisis de Laboratorio
Análisis fisicoquímicos y microbiológicos del agua de alberca según los parámetros establecidos por la NOM-245-SSA1-2010.
Monitoreo Programado
Programas de muestreo periódico para mantener un historial de cumplimiento y detectar desviaciones oportunamente.
Suministro de Químicos
Cloro, ácido muriático, estabilizadores y productos especializados para el tratamiento de agua de albercas.
Asesoría Técnica
Capacitación del personal de mantenimiento, protocolos de dosificación y procedimientos de operación segura.
Operación Diaria e Inspecciones bajo la NOM-245
Requisitos de recirculación y renovación del agua
Uno de los requisitos más importantes y frecuentemente incumplidos es la renovación diaria del agua:
| Tipo de cuerpo de agua | Renovación diaria mínima | Tiempo de recirculación |
|---|---|---|
| Alberca para adultos | 5% del volumen total | 6-8 horas |
| Chapoteadero infantil | 5% del volumen total | 4-6 horas (recomendado más frecuente) |
| Tina de hidromasaje / spa | 5% del volumen total | 30 minutos |
| Toboganes (poza de caída) | 5% del volumen total | 2-4 horas |
La renovación del 5% implica que cada día se debe incorporar agua fresca al sistema y drenar el equivalente. Esto ayuda a reducir la concentración de sólidos disueltos, ácido cianúrico (estabilizador de cloro) y otros compuestos que se acumulan con el tiempo.
La importancia del pH en la eficacia del cloro
Mantener el pH entre 7.0 y 7.6 no es solo un requisito normativo; es crítico para la eficacia del cloro como desinfectante. La relación es directa:
| pH del agua | % de ácido hipocloroso (HOCl) activo | Eficacia desinfectante |
|---|---|---|
| 6.5 | ~90% | Muy alta (pero corrosivo) |
| 7.0 | ~76% | Alta |
| 7.2 | ~66% | Óptima |
| 7.4 | ~55% | Buena |
| 7.6 | ~45% | Aceptable |
| 8.0 | ~24% | Deficiente |
| 8.5 | ~9% | Muy deficiente |
A pH 8.0, necesitaría casi el triple de cloro para lograr la misma desinfección que a pH 7.2. Por eso, un pH fuera de rango no solo es una violación normativa, sino un riesgo real de brotes de enfermedades.
En la zona de Cancún y Riviera Maya, el agua de pozo es naturalmente alcalina (pH 7.5-8.2) debido al acuífero calcáreo, lo que requiere dosificación regular de ácido muriático o CO₂ para mantener el pH en rango.
Frecuencia de monitoreo y muestreo
Controles operativos diarios
El personal de mantenimiento debe registrar al menos dos veces al día:
- Cloro libre residual
- pH
- Temperatura del agua
- Turbiedad (visual o con turbidímetro)
Estos datos deben documentarse en una bitácora de operación con fecha, hora, valor medido y nombre del responsable.
Muestreos para laboratorio
| Tipo de análisis | Frecuencia mínima |
|---|---|
| Fisicoquímico básico (pH, cloro, turbiedad) | Quincenal |
| Microbiológico (coliformes, mesofílicos) | Quincenal |
| Análisis completo incluyendo Pseudomonas | Mensual (recomendado para spas) |
Los análisis de laboratorio deben realizarse por un laboratorio acreditado ante la Entidad Mexicana de Acreditación (EMA) y los reportes deben conservarse por un mínimo de 2 años.
Protocolos de contingencia
La norma exige contar con procedimientos documentados para situaciones de emergencia:
Accidente fecal en alberca
- Evacuación inmediata de todos los bañistas
- Retiro físico del contaminante con red
- Supercloración: elevar el cloro libre a 20 mg/L durante al menos 12.75 horas (para formas sólidas) o 24 horas (para formas líquidas/diarreicas)
- Verificar pH entre 7.2 y 7.5 durante todo el proceso
- Muestreo microbiológico antes de reabrir
- Documentar el incidente en la bitácora
Nivel de cloro fuera de rango
- Cloro bajo (< 1.0 mg/L): Cerrar al público, superclorar hasta alcanzar 3.0 mg/L, esperar estabilización y verificar.
- Cloro alto (> 3.0 mg/L): Cerrar al público, permitir la disipación natural o agregar tiosulfato de sodio, verificar antes de reabrir.
Turbiedad elevada (> 5 NTU)
- Cerrar la alberca al público
- Verificar el sistema de filtración (presión diferencial, estado del medio filtrante)
- Realizar retrolavado del filtro
- Verificar la dosificación de coagulante/floculante
- Reabrir solo cuando la turbiedad sea < 5 NTU
¿Qué revisa COFEPRIS en una inspección?
Los inspectores de COFEPRIS verifican los siguientes puntos durante una visita a albercas de hotel:
Documentación
- Bitácoras de operación actualizadas (cloro, pH, temperatura)
- Resultados de análisis de laboratorio vigentes (no mayores a 15 días)
- Procedimientos de contingencia documentados
- Certificados de capacitación del personal
- Registros de mantenimiento del sistema de filtración
Condiciones físicas
- Estado del equipo de recirculación y filtración
- Funcionamiento de dosificadores de químicos
- Señalización de profundidad y reglas de uso
- Rejillas de succión con sistema antiatrapamiento
- Cercado perimetral y acceso controlado (especialmente en chapoteaderos)
Mediciones in situ
- Cloro libre residual (con DPD o colorímetro)
- pH
- Temperatura
- Turbiedad (visual o con equipo)
Errores comunes que causan clausura
- Ausencia de bitácora de operación o bitácora sin actualización reciente
- Cloro libre fuera de rango (muy común: < 1.0 mg/L)
- pH fuera de rango (frecuente en agua de acuífero kárstico sin ajuste)
- Análisis de laboratorio vencidos o inexistentes
- Falta de rejillas antiatrapamiento en succión de fondo
- Sistema de filtración sin mantenimiento (presión diferencial excesiva, medio filtrante agotado)
- No contar con equipo de medición calibrado (kits de prueba caducados)
Recomendaciones para cumplimiento continuo
Basados en nuestra experiencia con hoteles de la zona, estas son las prácticas que garantizan el cumplimiento sostenido:
- Automatizar la dosificación de cloro y ácido con controladores de ORP/pH
- Capacitar al personal de albercas en medición de parámetros y protocolos de contingencia
- Contratar un programa de monitoreo externo quincenal con laboratorio acreditado
- Mantener un inventario mínimo de químicos de emergencia (hipoclorito de calcio granular, ácido muriático, tiosulfato de sodio)
- Revisar mensualmente el sistema de filtración: retrolavados, presión diferencial, estado del medio
- Documentar todo: La frase del inspector es clara: “lo que no está documentado, no existe”
Productos químicos para el tratamiento de albercas
El tratamiento químico adecuado de albercas requiere contar con los productos correctos. Conozca nuestra línea de productos químicos especializados para albercas, incluyendo:
- Hipoclorito de calcio granular al 65%
- Ácido muriático grado alberca
- Sulfato de aluminio (coagulante)
- Alguicidas de amonio cuaternario
- Estabilizador de cloro (ácido cianúrico)
Preguntas Frecuentes sobre NOM-245-SSA1
Resolvemos las dudas más comunes sobre control sanitario de albercas
¿Con qué frecuencia debo analizar el agua de mi alberca?
¿Qué nivel de cloro debe tener mi alberca según la NOM-245?
¿Qué pasa si COFEPRIS encuentra incumplimiento en mi alberca?
¿Puedo usar ácido cianúrico estabilizador en albercas?
¿Grupo Eytra ofrece monitoreo continuo de albercas?
¿Las albercas de su hotel cumplen la NOM-245?
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