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Guía Normativa

NOM-001-SEMARNAT-2021

Límites Máximos Permisibles de Contaminantes en Descargas de Aguas Residuales

Guía completa para entender y cumplir con la normativa mexicana que regula las descargas de aguas residuales a cuerpos receptores nacionales.

¿Qué es la NOM-001-SEMARNAT-2021?

La NOM-001-SEMARNAT-2021 es la Norma Oficial Mexicana que establece los límites máximos permisibles de contaminantes en las descargas de aguas residuales en aguas y bienes nacionales. Esta norma es de observancia obligatoria para todas las personas físicas y morales que descarguen aguas residuales a cuerpos receptores de propiedad de la nación.

Importante

El incumplimiento de esta norma puede resultar en multas de hasta $5.4 millones de pesos, clausura temporal o definitiva de operaciones, y responsabilidad penal por daños ambientales.

Objetivo de la Norma

Proteger la calidad del agua en los cuerpos receptores nacionales estableciendo límites para contaminantes básicos, patógenos y metales pesados. La norma clasifica los límites según el tipo de cuerpo receptor:

  • Tipo A: Ríos (uso público urbano, riego agrícola)
  • Tipo B: Embalses naturales y artificiales (protección de vida acuática)
  • Tipo C: Aguas costeras (estuarios, humedales costeros)
  • Suelo: Infiltración o riego de áreas verdes

Parámetros y Límites Permisibles

Límites máximos permisibles según el tipo de cuerpo receptor

Tipo A: Ríos (Uso Público Urbano)

ParámetroUnidadLMP DiarioPromedio Mensual
Temperatura°C4040
Grasas y Aceitesmg/L2515
Materia Flotante-AusenteAusente
Sólidos SedimentablesmL/L21
Sólidos Suspendidos Totalesmg/L15075
DBO₅mg/L15075
Nitrógeno Totalmg/L6040
Fósforo Totalmg/L3020
Coliformes FecalesNMP/100mL20001000
Huevos de Helmintoh/L≤1≤1

Tipo B: Embalses (Protección Vida Acuática)

ParámetroUnidadLMP DiarioPromedio Mensual
Temperatura°C4040
Grasas y Aceitesmg/L2515
Materia Flotante-AusenteAusente
Sólidos SedimentablesmL/L21
Sólidos Suspendidos Totalesmg/L7540
DBO₅mg/L7530
Nitrógeno Totalmg/L2515
Fósforo Totalmg/L155
Coliformes FecalesNMP/100mL20001000
Huevos de Helmintoh/L≤1≤1

Metales Pesados y Cianuros

MetalUnidadLímite Máximo Permisible
Arsénicomg/L0.2
Cadmiomg/L0.2
Cianuromg/L2.0
Cobremg/L6.0
Cromomg/L1.0
Mercuriomg/L0.01
Níquelmg/L4.0
Plomomg/L0.5
Zincmg/L20

Sanciones por Incumplimiento

La PROFEPA y CONAGUA pueden aplicar las siguientes sanciones

Multa Leve

$5,428 - $54,280 MXN

50 a 500 UMA

Incumplimiento parcial de parámetros sin daño ambiental significativo.

Multa Grave

$54,388 - $1,085,600 MXN

501 a 10,000 UMA

Incumplimiento reiterado o daño ambiental comprobado.

Multa Muy Grave

$1,085,708 - $5,428,000 MXN

10,001 a 50,000 UMA

Daño grave a ecosistemas, contaminación de fuentes de agua potable.

Clausura Temporal

Hasta 90 días

Suspensión de actividades mientras se implementan medidas correctivas.

Clausura Definitiva

Permanente

En casos de reincidencia grave o imposibilidad de cumplimiento.

¿Cómo Cumplir con la NOM-001?

Nuestro proceso para garantizar el cumplimiento normativo

1

Diagnóstico

Análisis completo de sus descargas actuales vs. límites permisibles

2

Diseño

Ingeniería del sistema de tratamiento óptimo para su operación

3

Implementación

Instalación, puesta en marcha y capacitación de su personal

4

Monitoreo

Análisis periódicos y reportes de cumplimiento para CONAGUA

Preguntas Frecuentes sobre NOM-001-SEMARNAT

¿Quiénes están obligados a cumplir la NOM-001-SEMARNAT?
Toda persona física o moral que descargue aguas residuales a cuerpos receptores de propiedad nacional (ríos, lagos, lagunas, mar, suelo) debe cumplir con esta norma. Esto incluye industrias, hoteles, hospitales, desarrollos inmobiliarios, municipios y cualquier generador de aguas residuales.
¿Con qué frecuencia debo realizar análisis de mis descargas?
La frecuencia depende del volumen de descarga: para volúmenes menores a 300 m³/mes se requiere análisis trimestral; de 300 a 3,000 m³/mes análisis bimensual; y mayores a 3,000 m³/mes análisis mensual. Se recomienda mantener un programa de monitoreo continuo.
¿Qué diferencia hay entre los límites diarios y mensuales?
El límite máximo permisible diario (LMP diario) es la concentración máxima permitida en una muestra individual. El promedio mensual (PM) es el promedio de al menos dos muestras tomadas en días diferentes del mismo mes. Ambos deben cumplirse.
¿Qué pasa si mis descargas superan los límites permitidos?
CONAGUA puede imponer multas que van desde $5,000 hasta más de $5 millones de pesos, ordenar clausura temporal o definitiva, y exigir la remediación del daño ambiental. Además, los responsables pueden enfrentar cargos penales por delitos ambientales.
¿Cómo puedo reducir los contaminantes en mis descargas?
Dependiendo del tipo de contaminante, las soluciones incluyen: tratamiento primario (sedimentación, flotación), tratamiento secundario (reactores biológicos, lodos activados), tratamiento terciario (filtración, desinfección), y en algunos casos tratamiento especializado para metales pesados o compuestos específicos.
¿Grupo Eytra puede ayudarme a cumplir con la NOM-001?
Sí, ofrecemos servicios integrales que incluyen: diagnóstico de descargas actuales, diseño e implementación de sistemas de tratamiento, operación y mantenimiento de plantas tratadoras, análisis de laboratorio certificados, y elaboración de reportes para CONAGUA.

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